Niegan Tutela Que Pretendía Revivir Cobro Entrada a Bahía Concha
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- 9 jul 2019
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El Juzgado Cuarto Administrativo de Santa Marta negó por improcedente una tutela accionada por el máximo socio del Unión Magdalena Eduardo Dávila Armenta que pretendía nuevamente “re establecer su derecho" sobre los predios y al cuantioso cobro de acceso a las hermosas playas de Bahía Concha.
Cómo se recordará La Sociedad de Activos Especiales en reciente decisión determinó la extinción de dominio sobre los mismos en favor de Parques Naturales Nacionales de Colombia, y sobre el cual Dávila Armenta ejercía control absoluto por muchos años cobrando un costoso peaje particular a personas y vehículos para "facilitar" su acceso al emblemático lugar..
Con esta tutela el presunto afectado pretendía re establecer ese cobro y con ello sus derechos como propietario, peticiones que fueron rechazados de plano por el juez de la causa..
La Sae expidió dos resoluciones a través de las cuales suspendió el derecho de dominio de la Sociedad Urbanización Villa Concha limitada con respecto a los inmuebles situados en esa Bahía, posteriormente se realizó una diligencia de entrega real y material del referido inmueble.
Los inconformes con esas decisiones promovieron dos acciones de tutela, una que cayó en el Juzgado Tercero de Familia y la otra en el Cuarto Administrativo.
Este último procedió a acumular las solicitudes de amparo por tutela masiva y se declaró la improcedencia de las mismas, bajo el entendido que los demandantes disponen de otros mecanismos ordinarios judiciales a fin de perseguir el amparo de sus derechos presuntamente vulnerados por la Sae y PNN, toda vez que actualmente se surte el proceso de extinción de dominio el cual se encuentra en etapa de apelación
Aunado al hecho que las inconformidades que manifiestan los demandantes en lo relativo a las resoluciones proferidas por la Sae, pueden controvertirse ante la jurisdicción contenciosa administrativa por intermedio del medio de control respectivo.
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